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sábado, 15 de marzo de 2014

Lo que Dios ha unido. La revolución cultural del cardenal Kasper (por Roberto de Mattei) ...(2 de 2)

Se puede fácilmente imaginar cómo las nulidades matrimoniales se extenderían, introduciendo el divorcio católico de hecho, si no de derecho, con un daño devastador precisamente en relación con el bien de las personas humanas.

El cardenal Kasper parece ser consciente de este peligro, pues añade: “ Sería equivocado buscar la solución del problema sólo a través de una generosa dilatación del procedimiento de la nulidad matrimonial ... Es necesario tomar en consideración también la aún más difícil cuestión de la situación del matrimonio confirmado y consumado entre bautizados, en el que la comunión de la vida matrimonial se ha roto irremediablemente y uno o ambos de los cónyuges han contraído un segundo matrimonio civil”.

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... En realidad no existe ninguna contradicción en la praxis por dos veces milenaria de la Iglesia. Los divorciados vueltos a casar no están exonerados de sus deberes religiosos. Como cristianos bautizados tienen siempre la obligación de observar los mandamientos de Dios y de la Iglesia. Por lo tanto, tienen no sólo el derecho, sino el deber de asistir a Misa, de observar los preceptos de la Iglesia y de educar cristianamente a sus hijos. 

No pueden recibir la comunión sacramental porque se encuentran en pecado mortal, pero pueden hacer la comunión espiritual, porque incluso quién se encuentra en condición de pecado grave debe rezar, para obtener la gracia de salir del pecado. Pero la palabra pecado no cabe en el vocabulario del cardenal Kasper y nunca aflora en su relación para el Consistorio. Entonces ¿cómo maravillarse si, como el mismo Papa Francisco declaró el pasado 31 de enero: hoy “se ha perdido el sentido del pecado”?

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Es una lástima que el cardenal no aclare cuáles son sus referencias patrísticas, porque la realidad histórica es bien distinta de como él la pinta. El padre George H. Joyce, en su estudio histórico-doctrinal sobre el Matrimonio cristiano (1948) demostró que durante los primeros siglos de la era cristiana no se puede encontrar ningún decreto de un Concilio ni ninguna declaración de un Padre de la Iglesia que sostenga la posibilidad de disolución del vínculo matrimonial ... En todas las partes del mundo, la Iglesia considera imposible la disolución del vínculo; y el divorcio con derecho a segundas nupcias era del todo desconocido.


San Agustín

Entre los Padres, quien trató más ampliamente la cuestión de la indisolubilidad fue San Agustín, en muchas de sus obras, desde el De diversis Quaestionibus (390) hasta el De Coniugiis adulterinis (419). Es a San Agustín a quién se debe la célebre distinción entre los tres bienes del matrimonio: proles, fides y sacramentum.

... Por lo que concierne a San Basilio, retamos al cardenal Kasper a que lea sus cartas y encuentre en ellas un pasaje que autorice explícitamente el segundo matrimonio. Su pensamiento está resumido en lo que escribe en la Ethica: “No es lícito a un hombre repudiar a su mujer y casarse con otra. Ni está permitido que un hombre se case con una mujer que se haya divorciado de su marido” (Ethica, Regula 73, c. 2, en Patrología Greca, vol. 31, col. 852). Lo mismo puede decirse en relación con el otro autor citado por el cardenal, San Gregorio Nacianceno, el cual con claridad escribe: “el divorcio es absolutamente contrario a nuestras leyes, aunque las leyes de los Romanos juzguen diversamente” (Epístola 144, en Patrología Greca, vol. 37, col. 248).

El undécimo concilio de Cartago (407), por ejemplo, emanó un canon así concebido: “Decretamos que, según la disciplina evangélica y apostólica, la ley no permite ni a un hombre divorciado de su mujer ni a una mujer repudiada por su marido volverse a casar; sino que tales personas deben quedarse solas, o que se reconcilien recíprocamente, y que si violan esta ley, tienen que hacer penitencia” (Hefele-Leclercq, Histoire des Conciles, vol. II (I), p. 158).

La posición del cardenal se hace aquí paradójicaEn vez de arrepentirse de la situación de pecado en el que se encuentra, el cristiano vuelto a casar debería arrepentirse de su primer matrimonio, o al menos de su fracaso, del que a lo mejor él es totalmente inocente. Además, una vez admitida la legitimidad de las convivencias postmatrimoniales, no se entiende por qué no deberían permitirse también las convivencias prematrimoniales, si son estables y sinceras. Caen los “absolutos morales”, que la encíclica de Juan Pablo II Veritatis splendor había ratificado con tanta fuerza. Sin embargo, el cardenal Kasper prosigue tranquilo en su razonamiento.

“Si un divorciado vuelto a casar -1. Se arrepiente del fracaso del primer matrimonio, 2. Si ha aclarado las obligaciones del primer matrimonio, si es definitivamente excluido que vuelva atrás, 3. Si no puede abandonar sin otras culpas los compromisos asumidos con el nuevo matrimonio civil, 4. Pero si se esfuerza en vivir al máximo de sus posibilidad el segundo matrimonio a partir de la fe y educar a sus hijos en la fe, 5. Si desea los sacramentos en cuanto fuente de fuerza en su situación, ¿debemos o podemos negarle, después de un tiempo de nueva orientación (metanoia) el sacramento de la penitencia y luego el de la comunión?”

A estas preguntas ya contestó el cardenal Müller, prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe (La forza della grazia, “L’Osservatore Romano”, 23 de octubre de 2013) citando la Familiaris consortio, que en el n. 84 facilita unas indicaciones muy precisas de carácter pastoral coherentes con la enseñanza dogmática de la Iglesia sobre el matrimonio... La posición de la Iglesia es inequívoca. Se niega la comunión a los divorciados vueltos a casar porque el matrimonio es indisoluble y ninguna de las razones aducidas por el cardenal Kasper permite la celebración de un nuevo matrimonio o la bendición de una unión pseudo-matrimonial.


La Iglesia no lo permitió a Enrique VIII, perdiendo el Reino de Inglaterra, y no lo permitirá jamás porque, como recordó Pío XII a los párrocos de Roma el 16 de marzo de 1946: “El matrimonio entre bautizados válidamente contraído y consumado no puede ser disuelto por ninguna potestad sobre la tierra, ni por la Suprema Autoridad eclesiástica”. Es decir, tampoco por el Papa y ni mucho menos por el cardenal Kasper.


Nota: Sobre la comunión de los divorciados y vueltos a casar puede leerse también el excelente artículo de Luis F. Pérez, director de Infocatólica

Lo que Dios ha unido. La revolución cultural del cardenal Kasper (por Roberto de Mattei) ...(1 de 2)

¿Quién es Roberto de Mattei? He aquí una breve biografía suya.

Roberto de Mattei
Historiador y periodista italiano, Roberto de Mattei, nacido en 1948, es uno de los más destacados líderes católicos contemporáneos. Presidente de la Fundación Lepanto, es Profesor de Historia de la Iglesia y del Cristianismo en la Universidad Europea de Roma, en la cual es Coordinador de la Escuela de Ciencias Históricas. Entre 2004 y 2011 fue dos veces Vice-presidente del principal organismo estatal italiano de apoyo a las ciencias, el Consejo Nacional de Investigación, con responsabilidad en el Área de Ciencias Humanas. Miembro del Consejo de Administración del Instituto Histórico para la Edad Moderna y Contemporánea y de la Sociedad Geográfica Italiana, colabora con el Comité Pontificio de Ciencias Históricas. Director de Asuntos Internacionales del Gobierno de Italia (2002-2006). Fue distinguido con la insignia de la Orden de la Santa Sede de San Gregorio Magno, en reconocimiento por sus servicios prestados a la Iglesia. Es autor de libros y publicaciones traducidas a varios idiomas; y colaborador de periódicos y revistas italianas y extranjeras. Dirige las revistas "Raíces cristianas" y "Nova Histórica", así como la agencia de noticias "La correspondencia romana". En 2010, Roberto de Mattei publicó el libro “El Concilio Vaticano II – Una historia nunca escrita”, lo que le valió el más prestigioso premio italiano para libros históricos: el “Acqui Storia/2011”.

Pues bien: Roberto de Mattei ha escrito el siguiente artículo del que saco algunos párrafos solamente, por ser algo largo (aun así, haré dos entradas). Si se dispone de tiempo merece la pena leerlo, pues no tiene desperdicio. En él aparece el famoso tema, que está dando tanto de qué hablar, acerca de los divorciados y vueltos a casar. Con argumentos muy sólidos comenta las declaraciones del cardenal Kasper, en este sentido. El original italiano  del artículo puede leerse en Corrispondenza Romana  (haciendo uso del traductor de Google) o bien puede hacerse clic aquíenlace que nos lleva a la traducción de ese artículo realizada por Tradición Digital.
   
Cardenal Kasper
Transcribo, en ésta y en la siguiente entrada, aquellos párrafos que más me han llamado la atención. Las palabras pronunciadas por el cardenal Kasper están entrecomilladas, en azul y en cursiva; y en negrita lo que me interesa resaltar especialmente. 

“La doctrina no cambia, la novedad concierne sólo a la praxis pastoral”. Este eslogan, repetido desde hace un año, por un lado tranquiliza a aquellos conservadores que miden todo en términos de enunciados doctrinales y, por otro, alienta a los progresistas, que atribuyen a la doctrina escaso valor y confían totalmente en el primado de la praxis. 

Un clamoroso ejemplo de revolución cultural propuesta en nombre de la praxis nos viene en el informe dedicado al Evangelio de la familia con el que el cardenal Walter Kasper abrió el pasado 20 de febrero las sesiones del Consistorio extraordinario sobre la familia. El texto, que el padre Federico Lombardi define como “en gran sintonía” con el pensamiento del Papa Francisco, se merece, también por esto, ser valorado en toda su extensión.

El punto de partida del cardenal Kasper es la constatación de que “entre la doctrina de la Iglesia sobre el matrimonio y sobre la familia, y las convicciones vividas por muchos cristianos se ha abierto un abismo”. Pero el cardenal evita formular un juicio negativo sobre estas “convicciones”, antitéticas a la fe cristiana, eludiendo la pregunta fundamental: ¿Por qué existe este abismo entre la doctrina de la Iglesia y la filosofía de vida de los cristianos contemporáneos? ¿Cuáles son las causas del proceso de disolución de la familia? ... 
¿Es posible, en 2014, dedicar 25 páginas al tema de la familia, ignorando la objetiva agresión que la familia, no sólo la cristiana sino la natural, padece en todo el mundo? 

En la parte fundamental de su informe, dedicado al problema de los divorciados vueltos a casar, el cardenal Kasper no expresa ni una palabra de condena sobre el divorcio y sus desastrosas consecuencias en la sociedad occidental... parece interesarse sólo en el “cambio de paradigma” que exige la situación de los divorciados vueltos a casar.

... Para prevenir posibles objeciones, el cardenal se anticipa afirmando que "la Iglesia no puede proponer una solución diversa o contraria a las palabras de Jesús"... Pero, inmediatamente después ...  avanza dos propuestas demoledoras para escamotear el Magisterio perenne de la Iglesia en materia de familia y de matrimonio.

 “El Concilio –afirma el cardenal Kasper–, sin violar la tradición dogmática vinculante, ha abierto las puertas”¿Abierto las puertas a qué cosa? A la violación sistemática, en el plano de la praxis, de aquella tradición dogmática de la que, en palabras, se afirma la obligatoriedad.

La primera vía para vaciar la Tradición arranca de la exhortación apostólica Familiaris consortio de Juan Pablo II, allí donde se dice que algunos divorciados vueltos a casar “están subjetivamente seguros en conciencia de que su precedente matrimonio, irreparablemente destruido, no había sido nunca válido” (n. 84). Pero la Familiaris consortio puntualiza que la validez del matrimonio nunca puede ser dejada a la valoración subjetiva de la persona, sino a los tribunales eclesiásticos, instituidos por la Iglesia para defender el sacramento del matrimonio. 

Precisamente refiriéndose a tales tribunales, el cardenal asesta el golpe definitivo: “Dado que ellos no son iure divino, sino que se han desarrollado históricamente, nos preguntamos a veces si la vía judicial tenga que ser la única vía para resolver el problema o si no serían posibles otros procedimientos, más pastorales y espirituales. Como alternativa, se podría pensar que el obispo pueda encargar este cometido a un sacerdote con experiencia espiritual y pastoral como penitenciario o vicario episcopal”.

...La propuesta de Kasper pone en entredicho el juicio objetivo del tribunal eclesiástico, que sería sustituido por un simple sacerdote, llamado ya no a salvaguardar el bien del matrimonio, sino a satisfacer las exigencias de la conciencia de los individuos. ... “¿De verdad es posible –se pregunta–que se decida sobre el bien o el mal de las personas en segunda o tercera instancia sólo sobre la base de actas, es decir de papeles, pero sin conocer a la persona y su situación?” Estas palabras son ofensivas hacia los tribunales eclesiásticos y para la misma Iglesia, cuyos actos de gobierno y de magisterio están fundamentados sobra papeles, declaraciones, actas jurídicas y doctrinales, todo ello encaminado a la “salus animarum”. 



(Continúa en el siguiente post)